1. Evaluación Estratégica Ejecutiva

La arquitectura de los incentivos fiscales para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (I+D+I) en el Sur de Europa ha entrado en una fase crítica de transformación a partir de 2025. Los gobiernos de la región se enfrentan a un doble imperativo: la necesidad de catalizar la innovación del sector privado para impulsar la baja productividad y la necesidad concurrente de gestionar los déficits fiscales y alinearse con las normas internacionales de impuestos, como el Impuesto Mínimo Global del Pilar Dos de la OCDE. Dentro de esta compleja matriz geopolítica y económica, España presenta un caso de estudio particularmente convincente. Posee un régimen de incentivos fiscales que es teóricamente uno de los más generosos de la OCDE, caracterizado por altas tasas volumétricas y bonificaciones incrementales únicas. Sin embargo, el sistema español está aquejado por una persistente “brecha de eficiencia”—una disparidad entre la generosidad estatutaria disponible sobre el papel y el beneficio efectivo realizado por los contribuyentes corporativos.

Este informe proporciona un análisis exhaustivo y forense del marco fiscal de I+D español, comparándolo con sus principales pares geográficos y económicos: Francia, Portugal e Italia. El análisis se basa en el panorama legislativo de finales de 2024 y las medidas presupuestarias prospectivas para 2025. Va más allá de las comparaciones superficiales de tasas para evaluar la mecánica estructural de estos incentivos, incluyendo su liquidez (reembolsabilidad), certeza legal (procesos de certificación) y carga administrativa.

La tesis central de esta evaluación es que, si bien España ofrece tasas nominales superiores—particularmente para la I+D intensiva en mano de obra y la innovación tecnológica—su posición competitiva se erosiona por la fricción administrativa y un mecanismo de monetización que carece de la agilidad del Crédit d’Impôt Recherche (CIR) francés o de la agresiva (aunque ahora amenazada) integración del capital de riesgo del SIFIDE II portugués. Además, el panorama italiano introduce un alto grado de volatilidad, pasando de regímenes de patent box a superdeducciones y ahora a un sistema de crédito fiscal limitado, destacando la estabilidad relativa, aunque complejidad, del modelo español.

Comprender estas dinámicas es crucial para evaluar cómo los incentivos de I+D contribuyen a la prosperidad nacional. La evidencia sugiere que para que España aproveche plenamente su conjunto de herramientas fiscales para la prosperidad económica, debe abordar las restricciones de liquidez de su régimen de “monetización” y reducir los costes de cumplimiento que afectan de manera desproporcionada a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) que son el motor de su economía.


2. El Marco Español de I+D+I: Generosidad Estructural vs. Fricción Operativa

El enfoque de España para incentivar la innovación está codificado principalmente en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (IS), específicamente en los artículos 35 y 39. El sistema es distintivo en el contexto europeo por su doble reconocimiento de la “Investigación y Desarrollo” (I+D) y la “Innovación Tecnológica” (IT). Esta distinción no es meramente semántica; amplía significativamente la base de actividades elegibles más allá de los estrictos requisitos de novedad del Manual de Frascati, proporcionando una red de seguridad para las mejoras de procesos industriales que son críticas para los sectores de fabricación y automoción de España.

2.1. Contexto del Impuesto sobre Sociedades para 2025

Para comprender el valor del crédito fiscal, primero se debe establecer la presión fiscal de referencia contra la que opera. [cite_start]Para el período impositivo de 2025, España mantiene un tipo estándar del Impuesto sobre Sociedades del 25% para la mayoría de las entidades[cite: 1]. Sin embargo, el marco fiscal de 2025 introduce ajustes dirigidos a fomentar el espíritu empresarial y aliviar la carga sobre las unidades económicas más pequeñas, lo que sirve para mejorar el valor relativo de los créditos fiscales para estos segmentos.

El panorama legislativo para 2025 incluye estructuras de tipos específicos para microempresas y entidades pequeñas, creando un entorno de tributación progresiva:

  • Microempresas: Para entidades con un volumen de negocios neto inferior a 1 millón de euros, se aplica un tipo reducido del 21% a los primeros 50.000 € de base imponible. [cite_start]La base imponible restante está sujeta a un tipo del 22%[cite: 1]. Esta estratificación está diseñada para apoyar a los actores más pequeños de la economía, que a menudo se enfrentan a los costes relativos más altos de cumplimiento para las deducciones de I+D.
  • [cite_start]

  • Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES): Las entidades con un volumen de negocios inferior a 10 millones de euros se benefician de un tipo impositivo transitorio del 23% (a menudo referenciado como 24% en fases transitorias, reduciéndose progresivamente)[cite: 1].
  • [cite_start]

  • Entidades de Nueva Creación: Para fomentar la formación de nuevos negocios, España aplica un tipo impositivo altamente competitivo del 15% a los beneficios generados durante los dos primeros períodos impositivos en los que la empresa tiene una base imponible positiva[cite: 1]. Esto sirve como pista fiscal para las startups, aunque paradójicamente reduce la utilidad inmediata de los créditos fiscales no reembolsables, ya que la obligación tributaria contra la que se aplicarían es menor.

2.2. La Anatomía del Crédito Fiscal de I+D+I

La estructura de incentivos española es un modelo híbrido que combina un crédito basado en el volumen con un potente componente incremental. Este diseño recompensa explícitamente a las empresas que no solo realizan I+D, sino que aumentan activamente su intensidad de inversión año tras año.

2.2.1. Tipos de Investigación y Desarrollo (I+D)

Las actividades clasificadas como I+D estricta—definidas como la “investigación planificada dirigida a descubrir nuevos conocimientos” o la “aplicación de resultados para crear materiales, productos o procesos nuevos o sustancialmente mejorados”—se benefician de las tasas de subsidio más altas.

  • La Deducción Base: Se aplica un crédito equivalente al 25% de los gastos incurridos en el período impositivo. Esta tasa base se calcula frente al gasto medio de I+D de los dos años anteriores.
  • La Deducción Incremental: Para estimular el crecimiento, cualquier gasto que exceda el promedio de los dos años anteriores es elegible para un crédito fiscal del 42%. Esta tasa marginal se encuentra entre las más altas de la OCDE, creando efectivamente un modelo de coinversión estatal donde el gobierno asume casi la mitad del coste del riesgo adicional de I+D.
  • La Bonificación al Investigador: Se aplica una deducción suplementaria del 17% a los gastos de personal de investigadores cualificados que se dedican exclusivamente a actividades de I+D. Cuando se combina con la tasa incremental, esto puede resultar en un subsidio teórico de hasta el 59% sobre los costes laborales del nuevo personal de investigación.
  • Inversión en Activos: Las inversiones en activos fijos tangibles (excluyendo terrenos y edificios) y activos intangibles asignados exclusivamente a actividades de I+D generan un crédito fiscal del 8%. Esto apoya la capitalización de laboratorios e instalaciones de prueba.

2.2.2. Innovación Tecnológica (IT)

El reconocimiento de la “Innovación Tecnológica” (IT) por parte de España es un diferenciador crítico. A diferencia de la I+D, que requiere “novedad objetiva” (nueva para el mundo), la IT requiere solo “novedad subjetiva” (nueva para la empresa) o mejoras sustanciales a los procesos existentes.

  • Tasa: Se aplica un crédito fiscal fijo del 12% a los gastos de IT elegibles.
  • Importancia Estratégica: Esta categoría abarca actividades como el diseño de prototipos industriales, la preparación de muestrarios en la industria textil y el desarrollo de software que no cumple con el alto umbral de novedad científica. Para los robustos sectores de automoción y fabricación de España, el crédito de IT actúa como una herramienta de competitividad vital, subsidiando las mejoras incrementales continuas necesarias para mantener la eficiencia en un mercado global.

2.3. El Régimen de Patent Box: Incentivando el Resultado

Complementando los créditos basados en gastos se encuentra el régimen de “Patent Box”, que incentiva el resultado exitoso de la innovación. [cite_start]España permite una reducción del 60% en la base imponible para los ingresos derivados de la licencia o transferencia de activos intangibles elegibles, como patentes, modelos de utilidad y software registrado avanzado[cite: 1].

  • Tributación Efectiva: Con un tipo estándar de IS del 25%, la reducción de la base del 60% da como resultado un tipo impositivo efectivo del 10% sobre los ingresos por propiedad intelectual.
  • Enfoque de Nexo Modificado: España se adhiere estrictamente al enfoque de nexo modificado de la OCDE, que vincula el beneficio fiscal a la proporción del gasto de I+D incurrido por el contribuyente en el desarrollo del activo. Esto evita que el régimen se utilice para el desplazamiento de beneficios sin una sustancia económica subyacente.

2.4. Asimetrías Regionales: Los Archipiélagos Fiscales

Si bien el régimen de “Territorio Común” descrito anteriormente se aplica a la mayor parte de España, existen variaciones regionales significativas que alteran el panorama competitivo dentro del país.

2.4.1. Las Islas Canarias (ZEC)

Las Islas Canarias ofrecen un entorno fiscal distinto diseñado para superar su estatus ultraperiférico.

  • Tipos Diferenciales: Bajo el Régimen Económico y Fiscal (REF), las empresas pueden acceder a tasas de deducción de I+D que son significativamente más altas que las de la península, a menudo alcanzando del 45% al 75% dependiendo de la actividad específica y la naturaleza incremental.
  • Créditos de Inversión: Los créditos específicos para inversiones tangibles en las islas permiten deducciones destinadas a la formación de activos fijos, con umbrales de inversión más bajos (de 50.000 € a 100.000 €) requeridos para activar los beneficios en comparación con la península.

2.4.2. El País Vasco y Navarra

Estas regiones operan bajo el Concierto Económico y el Convenio Económico, respectivamente, otorgándoles autonomía fiscal.

  • Navarra: Ofrece un régimen de patent box con un tipo efectivo de aproximadamente el 8,4% y calendarios de deducción de I+D distintos.
  • País Vasco: Proporciona un patent box con un tipo efectivo de aproximadamente el 7,2%, creando una dinámica de competencia fiscal interna donde las empresas que se ubican en Bilbao o San Sebastián pueden disfrutar de una ventaja fiscal marginal sobre las de Madrid o Barcelona.

2.5. El Laberinto Administrativo: Certificación y Cumplimiento

La paradoja central del sistema español es que sus altas tasas están protegidas por un proceso administrativo riguroso y costoso. Para lograr la certeza legal e inmunizarse contra las inspecciones fiscales, las empresas deben navegar por el Informe Motivado Vinculante (IMV).

2.5.1. El Proceso de Certificación

El proceso implica una cadena de verificación de múltiples partes interesadas:

  1. Auditoría Técnica: La empresa debe contratar a un organismo de certificación acreditado (por ejemplo, EQA, AENOR, ACERTA, acreditado por ENAC) para auditar el proyecto. Esta auditoría verifica tanto la naturaleza técnica del proyecto (I+D vs. IT) como la contabilidad de los gastos.
  2. Resolución del Ministerio: El informe de auditoría se presenta al Ministerio de Ciencia e Innovación, que emite el Informe Motivado Vinculante (IMV). Este documento es vinculante para la Agencia Tributaria (Hacienda) con respecto a la naturaleza de la actividad, aunque las auditorías sobre los gastos siguen siendo posibles.

2.5.2. Barreras de Coste y Tiempo

El coste de esta certeza legal es alto, creando una barrera regresiva para las PYMES.

  • Coste Financiero: Los organismos de certificación cobran honorarios que pueden oscilar entre 1.500 € y 3.000 € por proyecto, o un porcentaje del presupuesto certificado. Para una pequeña startup con una deducción de 20.000 €, este coste fijo consume una porción significativa del beneficio.
  • Coste Temporal: El proceso es lento. La obtención del IMV final puede tardar de 6 a 10 meses después del cierre del ejercicio fiscal. Este retraso desconecta el incentivo de la decisión de inversión, reduciendo su eficacia como herramienta de flujo de caja.
  • Tasas de Auditoría: La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y otros organismos también imponen tasas específicas para la emisión de certificaciones, lo que se suma a los gastos generales administrativos.

2.6. El Mecanismo de Monetización: Liquidez con una “Quita”

Para las empresas con insuficiente obligación tributaria (por ejemplo, startups con pérdidas), España ofrece un mecanismo para “monetizar” el crédito fiscal, convirtiéndolo efectivamente en una subvención reembolsable.

  • El Mecanismo: Una empresa puede solicitar el pago del crédito fiscal a las autoridades fiscales.
  • El Descuento: La monetización viene con un descuento del 20% (quita). Un crédito de 100.000 € resulta en un pago en efectivo de 80.000 €.
  • El Retraso: Fundamentalmente, el reembolso no se puede solicitar hasta la declaración de impuestos del año siguiente a la generación del crédito. Esto introduce una espera mínima de un año (efectivamente de 1,5 a 2 años desde el gasto hasta el efectivo en el banco).
  • Los Requisitos: Para acceder a la monetización, la empresa debe:
    1. Mantener la plantilla media o el personal de I+D durante un período específico.
    2. Reinvertir la cantidad total del reembolso en actividades de I+D dentro de los 24 meses.
    3. Obtener un Informe Motivado (obligatorio para la monetización).

Este mecanismo contrasta fuertemente con el “reembolso inmediato” disponible en otras jurisdicciones, actuando como un freno de liquidez en el ecosistema de innovación español.


3. Análisis Comparativo: Francia (El Estándar de Oro de la Liquidez)

Francia sirve como el principal punto de referencia para España, ofreciendo un sistema que prioriza el volumen, la previsibilidad y la liquidez, lo que lo convierte en la jurisdicción preferida para la I+D industrial a gran escala en Europa.

3.1. El Crédit d’Impôt Recherche (CIR)

El CIR francés está estructurado para apoyar el volumen sin la complejidad de los cálculos incrementales.

  • Estructura de Tasas: Se aplica un crédito fiscal fijo del 30% a los gastos de I+D elegibles hasta un umbral de 100 millones de euros. Los gastos que superan esta cantidad generan un crédito del 5%. Este alto límite máximo hace que Francia sea excepcionalmente atractiva para los gigantes farmacéuticos y aeroespaciales.
  • Innovación PYME (CII): Un Crédit d’Impôt Innovation (CII) suplementario se dirige a las PYMES, ofreciendo un crédito del 20% (30% en territorios de ultramar) sobre los gastos de innovación posteriores, como la creación de prototipos y el pilotaje, limitado a 400.000 € por año.

3.2. La Ventaja de la Liquidez

La ventaja decisiva del sistema francés sobre el español es el mecanismo de reembolso para las PYMES.

  • Reembolso Inmediato: Las PYMES (según la definición de la UE), las Empresas Jóvenes Innovadoras (JEI) y las empresas en dificultades pueden solicitar un reembolso en efectivo inmediato del CIR si no tienen suficiente obligación tributaria para compensarlo.
  • Sin Descuento: A diferencia de la quita del 20% de España, el reembolso francés es por el valor nominal total del crédito.
  • Velocidad: Los reembolsos se procesan típicamente en semanas o unos pocos meses después de la presentación, proporcionando capital circulante inmediato. Esta inmediatez aumenta significativamente el “impacto de prosperidad” para las startups, que dependen del flujo de caja para sobrevivir.

3.3. Proyecto de Ley de Finanzas de 2025 y Presiones Fiscales

A pesar de su estabilidad, el sistema francés se enfrenta a presiones en el ciclo presupuestario de 2025 debido a las preocupaciones por el déficit nacional.

  • Sobretasa Excepcional: El Proyecto de Ley de Finanzas de 2025 propone una contribución excepcional temporal sobre los beneficios de las grandes empresas (ingresos > 1.000 millones de euros). Los tipos son sustanciales: 20,6% para empresas con ingresos entre 1.000 y 3.000 millones de euros, y 41,2% para las que superan los 3.000 millones de euros. Si bien esto no reduce directamente el tipo del CIR, aumenta la carga fiscal bruta, haciendo que el CIR sea aún más crítico como escudo contra los altos tipos impositivos efectivos.
  • Estrechamiento de la Base: El proyecto de ley de 2025 propone excluir los gastos en adquisición/mantenimiento de patentes y vigilancia tecnológica de la base del CIR, lo que indica un endurecimiento de los gastos elegibles a la investigación puramente activa.

4. Análisis Comparativo: Portugal (El Centro de Capital de Riesgo en Riesgo)

Portugal se ha posicionado agresivamente como un centro para startups a través de SIFIDE II, un sistema que recompensa el rápido crecimiento en el gasto en I+D. Sin embargo, 2025 marca un posible punto de inflexión con la restricción de su vehículo de financiación más popular.

4.1. SIFIDE II: Incrementalismo Agresivo

El Sistema de Incentivos Fiscais à Investigação e Desenvolvimento Empresarial (SIFIDE II) opera con un mecanismo de doble tasa diseñado para recompensar la aceleración.

  • Tasa Base: 32,5% del gasto total elegible en I+D.
  • Tasa Incremental: 50% del aumento en el gasto en comparación con el promedio de los dos años anteriores, limitado a 1,5 millones de euros.
  • Bonificación PYME: Las PYMES que han estado realizando I+D durante menos de dos años reciben un aumento del 15% en la tasa base (totalizando una base del 47,5%).
  • Máximo Teórico: Una empresa puede recuperar teóricamente hasta el 82,5% de su inversión en I+D a través de créditos fiscales, posiblemente la tasa teórica más alta de la región.

4.2. La Crisis SIFIDE “Indirecta” (2025/2026)

Una característica única y controvertida de SIFIDE II fue la capacidad de los inversores externos para reclamar créditos de I+D invirtiendo en “Fondos de Inversión en I+D”, que a su vez invertían en empresas tecnológicas. Este “SIFIDE Indirecto” impulsó un auge en el capital de riesgo portugués.

  • La Derogación: Las propuestas del Presupuesto del Estado 2025/2026 indican una derogación de este mecanismo para los fondos de inversión. El gobierno tiene como objetivo ahorrar aproximadamente 124 millones de euros cerrando esta vía, citando ineficiencia donde el capital permaneció atrapado en fondos sin llegar a proyectos reales de I+D.
  • Impacto: Esta retirada supone una amenaza significativa para la liquidez del ecosistema de startups portugués, que dependía de este capital motivado por los impuestos. Traslada la carga de la financiación de nuevo a la renta variable directa y las subvenciones tradicionales.

4.3. Ajustes del Impuesto sobre Sociedades de 2025

Portugal persigue una estrategia de reducción general del impuesto sobre sociedades para mantener la competitividad.

  • Reducción de Tasas: La Ley de Presupuestos de 2025 propone reducir el tipo estándar de IS en 1 punto porcentual, del 21% al 20%, con un objetivo a largo plazo de alcanzar el 17% para 2028.
  • Bonificaciones Salariales: Para impulsar la prosperidad a través de los salarios, un incentivo fiscal permite una deducción del 200% (anteriormente menor) sobre los costes asociados con los aumentos salariales, siempre que el aumento sea de al menos el 4,7%. Esto vincula los beneficios fiscales directamente a la prosperidad de los empleados.

5. Análisis Comparativo: Italia (El Reformador Volátil)

Italia representa el entorno regulatorio más volátil entre las naciones de referencia, caracterizado por frecuentes cambios de paradigma que complican la planificación de I+D a largo plazo.

5.1. Evolución del Marco

Italia ha oscilado entre los incentivos basados en los ingresos (Patent Box) y los incentivos basados en los gastos.

  • Derogación del Patent Box: En 2021, Italia derogó su Patent Box tradicional (exención de ingresos) y lo reemplazó con una “Superdeducción” del 110% sobre los costes de I+D relacionados con la creación de PI. Este cambio beneficia a las empresas con pérdidas (que aún no tienen ingresos por PI) pero elimina la ventaja masiva para los titulares de PI altamente rentables.
  • Transición a Créditos Fiscales: El sistema actual se basa en créditos fiscales para I+D, Innovación y Diseño.

5.2. El Panorama de 2025: “Mini-IRES” y Tipos Reducidos

La Ley de Presupuestos de 2025 introduce complejidad y reduce la generosidad de los créditos estándar.

  • Reducción de Tasas: Para 2025, el crédito fiscal para I+D fundamental se reduce al 5% (frente al 10% y anteriormente al 20%), con un límite de 5 millones de euros. Los créditos de Innovación y Diseño se reducen de manera similar al 5%. Esta baja tasa hace que el crédito italiano sea significativamente menos atractivo que los equivalentes español (25%+) o francés (30%).
  • “Mini-IRES”: Para incentivar la reinversión, Italia introduce un tipo de IS reducido del 20% (el estándar es 24%). Sin embargo, esto es condicional: las empresas deben retener al menos el 80% de sus beneficios e invertir en activos calificados o nuevas contrataciones permanentes.
  • Bonificación Mezzogiorno: Siguen existiendo fuertes incentivos regionales para el Sur de Italia, donde las tasas de crédito fiscal de I+D aún pueden alcanzar el 45% para las pequeñas empresas, creando una marcada división Norte-Sur en atractivo fiscal.

5.3. Flexibilidad Administrativa: El Mecanismo F24

A pesar de las tasas más bajas, Italia ofrece una ventaja administrativa distinta: la Compensación Horizontal.

  • Mecanismo: Los créditos de I+D italianos pueden utilizarse a través del formulario F24 para compensar cualquier obligación fiscal, incluido el IVA, las cotizaciones a la seguridad social y las retenciones fiscales.
  • Restricción: El crédito se utiliza típicamente en tres cuotas anuales iguales, lo que diluye el beneficio inmediato del flujo de caja en comparación con un reembolso global.

6. Síntesis Comparativa: Métricas y Mecánicas

Para visualizar la divergencia en los enfoques políticos, las siguientes matrices comparativas describen los parámetros fiscales clave para el horizonte 2025.

6.1. Comparación de Tipos y Límites Máximos de Créditos Fiscales (2025)

Característica España 🇪🇸 Francia 🇫🇷 Portugal 🇵🇹 Italia 🇮🇹
Tipo IS Estándar 25% (23% PYMES) 25% (Sobretasa >€1B ingr.) 20% (Propuesto 2025) 24% (20% Mini-IRES)
Tipo Base I+D 25% 30% 32.5% 5% (Estándar)
Tipo Incremental I+D 42% Ninguno 50% Ninguno
Bonificación de Personal I+D +17% (Personal) Incluido en base Valoración 120% (PhD) Incluido en base
Innovación Tecnológica 12% (IT) 20% (CII para PYMES) Ninguno (solo I+D) 5% (Diseño/Innovación)
Reembolsabilidad Sí (quita 20%, espera 1 año) Inmediato (PYMES) No (Arrastre 12a) Compensa todos los impuestos (3 años)
Certeza Legal Informe Motivado (Vinculante) Autoevaluación Solicitud ANI Autoevaluación

6.2. El Índice de Carga Administrativa

  • España (Carga Alta): El Informe Motivado ofrece el “estándar de oro” de seguridad legal, pero impone una alta barrera de entrada. El coste de la certificación externa (1,5k € – 3k €) establece efectivamente un suelo en el tamaño de la deducción; es irracional reclamar un crédito de 5.000 € si la certificación cuesta 3.000 €. Esto crea un efecto regresivo donde las micro-PYMES son excluidas de la rigurosa protección de la que disfrutan las empresas más grandes.
  • Francia (Riesgo Alto): El sistema es de baja fricción en el punto de entrada (autoevaluación), pero de alto riesgo en el punto de auditoría (Control Fiscal). Las autoridades fiscales son agresivas al auditar la elegibilidad técnica de los proyectos, lo que lleva a recuperaciones años después.
  • Italia (Volatilidad Alta): La carga principal es el flujo regulatorio. Las empresas deben adaptarse constantemente a los cambios de tasas, definiciones de gastos elegibles y reglas de utilización (por ejemplo, el cambio de Patent Box a Superdeducción).
  • Portugal (Moderada): SIFIDE requiere la solicitud a la ANI, creando un término medio. Es burocrático, pero menos costoso que el modelo de auditoría externa de España, aunque la derogación de los fondos indirectos elimina una importante vía de “fácil acceso” al capital.

7. Prosperidad e Impacto Económico: La “Brecha de Eficiencia”

La consulta plantea una pregunta fundamental: ¿Cómo ayudan los incentivos de I+D a prosperar a un país? La evidencia de España y sus vecinos sugiere que la existencia de incentivos es insuficiente; su diseño determina su contribución a la prosperidad.

7.1. El Diagnóstico de la AIReF: Potencial vs. Realidad

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en España ha realizado extensas evaluaciones del crédito fiscal de I+D. Sus hallazgos iluminan la paradoja de la prosperidad:

  • Efecto Multiplicador: El incentivo español tiene un multiplicador de 1,5, lo que significa que cada 1 € de ingresos fiscales perdidos genera 1,50 € en gasto de I+D privado. Esto confirma que el incentivo sí estimula una actividad que de otro modo no ocurriría.
  • La Brecha: Sin embargo, la AIReF destaca una “amplia brecha entre la efectividad potencial y la real”. Si bien las grandes empresas maximizan el crédito, las PYMES luchan con el “régimen opcional” (monetización) debido a los requisitos estrictos (mantenimiento de la plantilla, reinversión).
  • Vínculo con la Prosperidad: Para que los incentivos impulsen la verdadera prosperidad (crecimiento económico de base amplia), deben ser accesibles a la “clase media” de empresas—aquellas que están escalando de pequeñas a medianas. Los obstáculos administrativos actuales en España estrangulan a este segmento, limitando el efecto de prosperidad a los operadores establecidos y las startups bien financiadas.

7.2. Por Qué los Incentivos son Críticos para la Prosperidad de España

Si España aboliera sus incentivos de I+D, el impacto en la prosperidad sería grave, principalmente debido a la estructura de su economía:

  1. Competitividad Industrial: La economía de España depende en gran medida de la fabricación (automoción, componentes, agroalimentación). Estos sectores dependen del crédito de Innovación Tecnológica (IT) del 12%. A diferencia de la I+D científica “pura”, la IT cubre las mejoras de procesos. Eliminar esto aumentaría directamente el coste de la modernización de la producción, haciendo que las fábricas españolas sean menos competitivas frente a sus rivales de Europa del Este o Asia.
  2. Mitigación de la Fuga de Cerebros: La bonificación de personal del 17% y la exención del 40% de la seguridad social actúan como un subsidio salarial para la mano de obra altamente cualificada. Sin estos, las empresas españolas—que generalmente tienen menores ingresos por empleado que sus homólogas alemanas o francesas—no podrían permitirse pagar salarios competitivos para retener a doctores e ingenieros, acelerando la fuga de cerebros.
  3. Amortiguador Contracíclico: Durante las recesiones económicas, la capacidad de monetizar los créditos fiscales (incluso con un retraso) proporciona un salvavidas a las empresas innovadoras que están temporalmente en pérdidas. Sin este mecanismo, la innovación sería el primer recorte presupuestario durante una recesión, causando un daño a largo plazo a la capacidad productiva del país.

8. Conclusiones Estratégicas y Perspectivas 2025

A medida que España se acerca al año fiscal 2025, su estrategia fiscal de I+D se encuentra en una encrucijada. Posee un marco robusto y de alta tasa que es estructuralmente sólido, pero operativamente lento.

Puntos Clave:

  • España vs. Francia: Francia gana en liquidez. El reembolso inmediato para las PYMES es un mecanismo superior para fomentar las startups que la monetización descontada y retrasada de España. Sin embargo, la distinción de España entre I+D e IT hace que su sistema sea más relevante para los sectores industriales tradicionales.
  • España vs. Portugal: Portugal está perdiendo su ventaja. La derogación del mecanismo de fondo SIFIDE indirecto en 2025 elimina un pilar clave de su ecosistema de startups. La estabilidad de España, por el contrario, parece cada vez más atractiva para los inversores que valoran la certeza sobre los esquemas agresivos pero inestables.
  • La Amenaza del Pilar Dos: El Impuesto Mínimo Global representa un riesgo para los incentivos de España. Debido a que la monetización de España es “condicional” y “opcional”, puede que no califique como un “Crédito Fiscal Reembolsable Calificado” (QRTC) según las reglas de la OCDE. Si se trata como una reducción de impuestos en lugar de ingresos, podría empujar a las MNE por debajo del suelo fiscal mínimo del 15%, lo que desencadenaría impuestos complementarios y neutralizaría el incentivo. España podría necesitar reformar la estructura legal de su monetización para proteger los beneficios de las MNE.

Recomendación Final para la Prosperidad:

Para que España maximice la prosperidad derivada de sus incentivos de I+D, la reforma debe centrarse en la simplificación administrativa en lugar de los aumentos de tasas. Seguir las recomendaciones de la AIReF para relajar los requisitos de mantenimiento de la plantilla para la monetización, y potencialmente subsidiar el coste del Informe Motivado para las microempresas, salvaría la brecha entre la generosidad teórica del sistema y su utilidad práctica. Esto democratizaría la innovación, permitiendo que los incentivos impulsen no solo a los gigantes del IBEX 35, sino a las PYMES dinámicas que definen la prosperidad futura de España.

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